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​​Cambio de multifondos : Es la acción de mover tus ahorros entre los distintos multifondos para modificar el riesgo con que estás invirtiéndolos (recuerda que son cinco A, B, C, D y E).


Cargos : Dinero que se descuenta o sale (cotizaciones adicionales, pago pensiones, comisiones, etc.) de la cuenta de capitalización individual del afiliado.


Cartola cuatrimestral AFP : Documento donde se detallan todos los movimientos y transacciones que haces con tu(s) productos de la AFP. Este documento se hace cada 4 meses y cada vez que esté disponible, te avisaremos por e-mail para que lo puedas revisar en tu sitio privado de afpcapital.cl ingresando con tu rut y clave secreta.


Cartola Mensual AFP : Se trata de un completo informe, donde puedes revisar los aportes que has hecho a tus cuentas, las ganancias o pérdidas que han tenido tus ahorros, las comisiones que has pagado, y más. Para conocer esta información debes ir a tu sitio privado de afpcapital.cl e ingresar con tu rut y clave secreta.


Certificado de afiliación : Documento que pueden solicitar los afiliados a la AFP, en el que se indica la fecha de afiliación al sistema, la fecha de ingreso a la AFP actual y las cotizaciones obligatorias a que está afecto.


Certificado de saldo : Documento que la AFP emite cuando el afiliado solicita la pensión de vejez, sobrevivencia o de invalidez. En él se informa entre otros: el saldo de la cuenta de capitalización individual, el Bono de Reconocimiento, el requisito para pensionarse, el retiro programado estimado, etc.


Clasificación de riesgo : Es el proceso que clasifica, aprueba o desaprueba los instrumentos financieros en que se pueden invertir los Fondos de Pensiones.


Clave de acceso : Combinación de cuatro números con la que puedes ingresar a tu sitio privado y ver la información de tu cuenta en la web de AFP Capital.


Clave de Seguridad : Es una clave alfanumérica que sirve para realizar tus transacciones dentro de tu sitio privado de AFP Capital. Con ella puedes: contratar ahorro voluntario, cambiar de multifondos, girar desde tus productos voluntarios, entre otros).


Cobranza : Trámite de la AFP destinado a cobrar al empleador las cotizaciones no pagadas a un trabajador.


Cobranza judicial : Proceso mediante el cual la AFP cobra al empleador las cotizaciones no pagadas oportunamente. Cuando el empleador ha declarado las cotizaciones, la AFP tiene un plazo de 180 días para entablar la demanda en los tribunales competentes.


Comisiones : Es la retribución que recibe la AFP por administrar los fondos previsionales de sus afiliados. Cada AFP decide libremente el monto de cada comisión, y el trabajador tiene la responsabilidad de compararlas al momento de decidir su afiliación.


Comisión de medicina preventiva e invalidez (COMPIN) : Organismo dependiente del Servicio de Salud, cuya labor es entregar las prestaciones médicas y administrativas a los trabajadores. Esto es, evaluar, declarar o certificar el estado de salud, la capacidad de trabajo o su recuperabilidad con el fin de permitirles la obtención de beneficios laborales, asistenciales y previsionales a los trabajadores del antiguo sistema previsional.


Comisión Médica Central : Comisión integrada por tres médicos designados por la Superintendencia de AFP, cuya función es examinar las apelaciones que realizan afiliados, administradoras o compañías de seguros en contra de dictámenes de invalidez emitidos por las Comisiones Médicas Regionales.


Comisión por transferencia de saldo : Es la comisión que puede cobrar la AFP nueva por el traspaso del afiliado desde otra Administradora, puede ser fija en pesos, un porcentaje del valor traspasado, o una combinación de ambas.


Compañías de Seguros : Sociedades Anónimas que entregan pensiones bajo la modalidad llamada Renta Vitalicia Inmediata o Diferida, para lo cual el afiliado contrata con una de ellas una póliza de seguro financiada con su ahorro previsional en una AFP, y que a cambio ésta se obliga a pagarle pensiones mensuales de monto fijo en U.F. de por vida, y tras su fallecimiento a sus beneficiarios legales de pensión.


Cotización de compañía de seguros : Es el documento emitido por una Compañía de Seguros donde se ofrece una renta vitalicia a un trabajador, de acuerdo al fondo que éste ha acumulado en su cuenta individual, más el Bono de Reconocimiento. La renta vitalicia es un ingreso mensual fijo, expresado en UF, que la Compañía debe pagar hasta que el afiliado fallece. Si tiene beneficiarios, éstos pueden acceder a una pensión de sobrevivencia.


Cotización de salud : Es una cotización obligatoria, equivalente al 7% de la renta imponible, destinada a Fonasa o una Isapre, por medio de la cual se obtienen prestaciones de salud.


Cotizaciones ​​: Es una parte de tu sueldo que te descuenta el empleador y que va a tu cuenta de ahorro obligatorio individual en la AFP. Este dinero es para tu futura pensión.


Cotizaciones declaradas y no pagadas : Son las cotizaciones obligatorias y voluntarias que han sido descontadas al trabajador, pero que no se han pagado a la AFP por parte del empleador.


Cotizaciones en rezago : Cotizaciones entregadas a la AFP, que no han sido ingresadas a la cuenta individual del afiliado, ya sea porque falta alguna información o el trabajador no tiene una cuenta vigente en la AFP.


Cotizaciones obligatorias : Son las cotizaciones que deben pagar los trabajadores afiliados a una AFP y a una Isapre o Fonasa. Durante toda su vida laboral, ésta ascenderá aproximadamente a un 20% de su renta imponible, ​​considerando ambas cotizaciones (AFP y Fonasa o Isapre).


Cotizaciones previsionales : Cantidad o cuota con que los afiliados deben aportar a los organismos de Seguridad Social, con el objeto de financiar y garantizar el cumplimiento de los beneficios que les corresponden. La cotización se basa en el concepto de la Remuneración Imponible, para los dependientes, o de la Renta Imponible declarada para los independientes, siendo en el primer caso, retenida por el empleador para cancelarla en las distintas instituciones de previsión. Por tanto, representa un porcentaje de la Remuneración o Renta Imponible que percibe el trabajador, con un límite máximo imponible de 64,7 UF.


Cotizaciones voluntarias : Son las cotizaciones que libremente puede hacer un trabajador para incrementar su cuenta de capitalización, con el fin de anticipar o aumentar su futura pensión, con un tope de 60 UF menos las cotizaciones obligatorias. Están exentas de impuesto hasta por un tope de 50 UF mensuales, beneficio que ahora también pueden aprovechar los trabajadores independientes.


Cotización adicional : Es un porcentaje determinado por la AFP que debe pagar el trabajador y que incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Este porcentaje es diferenciado para los trabajadores independientes y aquellos que no tienen derecho a Aporte Adicional. Todo cambio de estos porcentajes debe ser avisado por la Administradora a sus afiliados con 90 días de anticipación.


Cuenta de ahorro de indemnización (CAI) : Es una cuenta especial en la que se registran los aportes de indemnización y su objetivo es acumular los recursos para pagar la indemnización ante el término del contrato de trabajo, cualquiera sea el motivo.


Cuenta de ahorro voluntario (CAV) : Es una cuenta independiente a la de capitalización, donde el afiliado puede depositar dinero en forma de un ahorro voluntario, que puede ser utilizado en los fines que desee, con un límite de seis giros en el año calendario.


Cuenta de capitalización individual : Es la cuenta personal y única de cada trabajador adscrito al sistema, donde se acumulan las cotizaciones en un fondo que le permitirá financiar su futura pensión.


Cuota del fondo de pensiones : Expresión de medida de los fondos de pensiones, que se calcula diariamente y cuya variación depende de la rentabilidad obtenida por las inversiones que realiza cada AFP.


Cuota mortuoria : Beneficio equivalente hasta un máximo de 15 UF que recibe el beneficiario de un trabajador fallecido o quien acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral, con cargo a su cuenta en la AFP o a la Compañía de Seguros si es pensionado de renta vitalicia.​

Última actualización: 29/01/2019
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