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Trabajador no remunerado
​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Afiliado Voluntario




A través de la Reforma Previsional del año 2008, se creó la figura del Afiliado Voluntario, donde una persona que no percibe un sueldo puede ahorrar para su pensión y obtener los mismos derechos y obligaciones que aquellas que cotizan de forma obligatoria​.

¿Quiénes pueden ser Afiliados Voluntarios?​​





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1. Cualquier persona natural que no ejerza una actividad remunerada



​.




2. ​Trabajadores independientes que no perciben rentas del Art. 42 N°2 de la Ley de Impuesto a la Renta.










3. Personas naturales que no ejerzan actividad remunerada y que se encuentren recibiendo el pago de una pensión en cualquier sistema previsional. ​


Beneficios

​​​​​​​​​​​​​​​​1. Los ahorros de esta cuenta son inembargables.

2. Se puede cotizar sin tope y por distinto monto cada mes.​​ ​

​​​​​​​​​​3. Mantienes los beneficios como carga familiar.

4. No tiene límite de edad, por lo que puedes cotizar a tus hijos o a tus padres. De esta manera permite a mujeres que no hayan cotizado, acceder al bono por hijo.​​ ​

5. Tu cónyuge puede cotizar por ti mediante su empleador.

6. Al tenerla puedes aprovechar de ahorrar en la Cuenta 2.​​

7. Accede al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, y a los beneficios estatales como Bono por Hijo para la mujer.

8​. Te permite acceder a Pensión de Vejez, Pensión de Invalidez y Pensión de Sobrevivencia en caso de fallecimiento.​​​

Características
​ ​

​​​​​​​​​​​​​​​​​1. Los aportes realizados en la cuenta de afiliado voluntario no tienen el carácter de cotizaciones previsionales para efectos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo tanto, no se aplica la exención tributaria que beneficia a estas cotizaciones.

2. Se puede pagar mensualmente o mediante un pago único​ por más de una renta o ingreso mensual. Este pago único no puede ser inferior a un ingreso mínimo mensual para fines no remuneracionales, pero sí puede ser mayor al tope imponible​.​​ ​

​​​​​​​​​​3. Antes de pagar la primera cotización, se puede elegir uno o dos fondos. De no realizarlo se considerarán las reglas establecidas en la ley, donde se asigna según la edad y género.

¿Cómo crear la cuenta?
​ ​

​Si ya estás afiliado/a a una AFP, debes cotizar como afiliado voluntario en la misma institución donde tienes tu cuenta obligatoria. Puedes pagar las cotizaciones​ directamente en el sitio de Previred​ o en las oficinas de Caja de Compensación Los Andes presentado la planilla de pago.​

Si no estás afiliado/a a un AFP,d​ebes completar el formulario de “Solicitud de Incorporación” en la AFP que se adjudicó la última licitación. Si al último día del quinto mes siguiente al de la suscripción de la Solicitud de Incorporación la AFP no has recibido el pago de una cotización de Afiliado Voluntario, deberá anular el documento de incorporación respectivo y el registro de afiliación creado.​​ ​

¿Cómo pagar?
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​​Puedes pagar tú, si eres independiente que no realiza boletas de honorarios o recibes una pensión pero no tienes trabajo remunerado.​

Puede pagar un tercero,s​i es el cónyuge, puede solicitar a su empleador que realice el pago de manera directa a la AFP a través del siguiente documento. También se puede realizar el pago mediante Previred.​​ ​

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