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Otros Beneficios
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Conoce más beneficios para los afiliados y pensionados de AFP Capital. 

En esta sección encontrarás otros beneficios disponibles para los afiliados y pensionados, con sus requisitos y formas de tramitación.

También están disponibles los formularios necesarios para solicitar Asignación Familiar o Pensión Adicional, Notificar Fallecimiento y Gestionar la Cuota Mortuoria.

Cotizaciones AFP y salud
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​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Exentos de cotizar en la AFP

​​Los afiliados que sean trabajadores dependientes están exentos de cotizar el 10% de sus remuneraciones y rentas imponibles en una AFP, cuando cumplan con las siguientes condiciones:​​

  • Afiliados hombres mayores de 65 años de edad y mujeres mayores de 60.
  • Afiliados pensionados en este sistema por vejez o invalidez total.

​​Para hacer efectivo este beneficio debes descargar el formulario y presentarlo a tu empleador, quien debe informar a la AFP.

Descargar formulario (PDF)

Importante: ​ en caso de una licencia médica la Isapre no está obligada a pagar el subsidio debido a que uno de los requisitos para tener este derecho es que el afiliado esté cotizando mensualmente en una AFP.

​​Pensionados Cotizantes​

Los pensionados que trabajan pueden seguir cotizando mensualmente y disponer una vez al año de sus saldos acumulados en el año anterior. Esto último dependerá de:

  • Si el afiliado se encuentra acogido a la modalidad de retiros programados, renta temporal o renta vitalicia inmediata con retiro programado. En este caso, AFP Capital efectuará el recálculo del monto anual ahorrado, considerando el nuevo saldo acumulado en su cuenta de cotizaciones.
  • Si el afiliado percibe una pensión de vejez o invalidez bajo la modalidad de renta vitalicia inmediata o diferida, podrá utilizar el saldo acumulado para repactar el monto de la renta contratada.

Para hacer efectivo este beneficio debes descargar el formulario disponible en esta página, completarlo y presentarlo a tu empleador, quien debe informar a esta AFP.

​Descargar formulario (PDF)

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​​​​​Rebaja en la cotización de​ salud

​En diciembre del 2012 comenzó a regir la rebaja del 7% al 5% en la cotización de salud para las personas pensionadas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser pensionado de 65 o más años de edad.
  • Haber vivido al menos 20 años en Chile.
  • Tener ficha de protección social.
  • Pertenecer al los 4 primeros quintiles de ingresos de la población.


Con esta medida la pensión líquida podría aumentar automáticamente.

Para calcular el monto a rebajar por concepto de impuestos de segunda categoría por tu pensión, el 7% de salud se aplica sobre un tope imponible de 60 UF y un valor máximo del plan de salud de 4,2 UF. Es decir, si tu pensión es de 60 UF o más y/o tu plan de salud es mayor a 4,2 UF, el exceso de cotización no genera rebaja de impuestos porque se considera como aporte voluntario para salud.

Están excluidos los pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

Para mayor información ingresa a ​ www.ips.gob.cl o llama al 600 440 0040.

​​​​​Rebaja del 7% al 5% en la cotización de​ salud. 
Cuota Mortuoria

​​​​​​​​​​​​​​​​​La cuota mortuoria es un beneficio que consiste en un aporte en dinero dirigido a los gastos de funeral del afiliado al sistema de pensiones de AFP, sistema de pensiones solidarias, o a la Compañía de Seguros si es pensionado de renta vitalicia. El monto máximo es de 15 UF que recibe el beneficiario del fallecido o quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios.

Formulario: Descargar formulario en blanco (PDF)

El formulario debe ser presentado en cualquiera de nuestras sucursales, adjuntando los documentos de respaldo.

Puede cobrarla

  • ​ Quien estaba unido o no por un vínculo de matrimonio o parentesco con el afiliado fallecido, acredite haberse hecho cargo de los gastos del funeral, el equivalente a 15 UF. Esta suma será retirada de la respectiva cuenta de capitalización individual.

  • Una persona distinta del cónyuge, hijos o padre del afiliado fallecido, que hubiere hecho los gastos, solo tendrá derecho a tal retiro hasta la concurrencia del monto efectivo de su gasto con el límite de 15 UF, quedando el saldo hasta completar dicha cifra a disposición del o la cónyuge sobreviviente, y a falta de éste, de los hijos o los padres del afiliado.

Si no tienes Acrobat® Reader para imprimir los formularios, descárgalo aquí.

Requisitos

En caso de que el solicitante tenga una relación de parentesco o de matrimonio con el afiliado fallecido:

  • Documentación que pruebe su relación de parentesco o de matrimonio.

  • Solicitud de Cuota Mortuoria.

  • Anexo Solicitud Cuota Mortuoria.

  • Certificado de Defunción del afiliado.

  • Factura de gastos funerarios, emitida a su nombre, cuando proceda.

En caso de que el solicitante sea un representante de una Empresa Funeraria:

  • Solicitud de Cuota Mortuoria.

  • Anexo Solicitud Cuota Mortuoria.

  • Certificado de Defunción del afiliado.

  • Factura de gastos funerarios, emitida a su nombre, cuando proceda.

  • Poder Notarial (fotocopia) de la Empresa Funeraria que autoriza a cobrar Cuotas Mortuorias en su nombre.

  • Certificado de Sepultación. Este Certificado de Sepultación se solicita siempre y cuando exista diferencia de al menos 30 días entre la fecha de fallecimiento del afiliado y la fecha de suscripción de la Solicitud de Cuota Mortuoria.

En caso de que el solicitante sea una persona natural o jurídica, distinta a las anteriormente señaladas:

  • Solicitud de Cuota Mortuoria.
  • Anexo Solicitud Cuota Mortuoria.
  • Certificado de Defunción del afiliado.
  • Factura de gastos funerarios, emitida a su nombre, cuando proceda.
  • Autorización de Sepultación (emitida por el Registro Civil e Identificación de Chile) o en su defecto Contrato de Prestación de Servicios Funerarios.


Trámite

Debe pagarse en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la fecha de recepción en la administradora del formulario Solicitud de Cuota Mortuoria y su anexo.

Formularios

​​Solicitud de Asignación Familiar

Importante: Si el causante no tiene parentesco con el beneficiario y está a su cuidado en virtud del artículo 29 de la ley Nº 16.618, la columna parentesco deberá quedar en blanco y se deberá adjuntar la resolución del tribunal correspondiente.

Notificación de Fallecimiento

Gestión de Cuota Mortuoria

Solicitud de Pensión Adicional

Importante: Los Depósitos Convenidos y/o APV colectivos enterados en otra AFP o institución autorizada, deberán ser traspasados por el afiliado a su cuenta individual de modo que formen parte del financiamiento de su pensión.

Asimismo, tiene derecho a utilizar en el financiamiento de su pensión los recursos originados por Cotizaciones Voluntarias y/o Depósitos de APV que estime conveniente.

El formulario descargado debe ser presentado en cualquiera de nuestras sucursales, adjuntando los documentos de respaldo.

Si no tienes Acrobat® Reader para imprimir los formularios, descárgalo aquí.

Última actualización: 28/04/2020
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