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¿Puedo cotizar si soy trabajador independiente?

Toda persona natural que, sin estar subordinada a un empleador, ejerza una actividad mediante la cual obtiene un ingreso, podrá afiliarse y cotizar como independiente en este sistema previsional.  

La renta imponible mensual será aquella que el interesado declare mensualmente a la administradora, la que no podrá ser inferior al ingreso mínimo que reciben los trabajadores dependientes y es fijado por ley, ni superior a 80,2 UF.

Cabe señalar que los afiliados independientes pueden traspasar mensualmente fondos desde su Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) a su Cuenta de Capitalización Individual, con el objeto de cubrir las cotizaciones previsionales.

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