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REVISA SI TIENES

​PAGOS EN EXCESO DISPONIBLES​ PARA GIRAR​

      

>​ Un pago en exceso se produce cuando un afiliado realiza aportes en su Cuenta Obligatoria​ por sobre el tope imponible.

​​​> Puede ocurrir cuando​ el trabajador tiene dos o más empleadores, con una renta que supera las 81,6 UF​ o recibe el pago de bonos.​

​> Pueden girarse​ hasta 5 años después del período en que se produjo el pago de la cotización (*).​

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*​Si tienes excesos acumulados antes de ​noviembre 2014, deberás acercarte a cualquier sucursal de AFP Capital para revisar tu caso.​​

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