Trámites
Movimientos de personal
El empleador debe informar a la AFP todos los movimientos de personal en que incurra, es decir, las contrataciones, finiquitos o licencias médicas de sus empleados, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha del suceso.
Para comunicar los cambios el empleador debe registrar en la Planilla de Pago de Cotizaciones o en la Planilla de Declaración y No Pago, en la columna Movimientos del Personal, con el código 1 las contrataciones; con el código 2 los finiquitos y con el código 3 las licencias médicas. Indicando la fecha del suceso.
O bien, el empleador puede notificar a la AFP el movimiento de personal en una carta con el nombre, firma y timbre de su representante legal. Considerando la misma información señalada en el punto anterior.