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¿Que es una cuenta dos?

Cuenta Dos es similar a una Cuenta de Ahorro Bancario, pero que se abre en la AFP del afiliado.

  • Puede invertir hasta en 2 de los 5 fondos disponibles
  • Realice hasta 6 retiros de libre disposición en cada año calendario
  • No exige tiempo de permanencia
  • No exige mínimos ni máximos en los montos de depósito
  • Puede ahorrar vía depósitos directos, descuento a través de su empleador o con cargo a su cuenta corriente
  • Los saldos de su Cuenta Dos pueden destinarse para lo que desee: desde ahorro para sus vacaciones hasta formar parte de su pensión
  • Cuenta Dos y APV son mecanismos de ahorro compatibles, por lo que puede utilizarlos en forma simultánea, independiente del régimen tributario al que se encuentren acogidos sus ahorros.

Beneficios

Puede elegir un máximo de 2 fondos entre los 5 disponibles y así diversificar su inversión.

Puede cambiar de fondos sus ahorros sin costo cada vez que quiera Puede ahorrar vía depósitos directos, descuento a través de su empleador o con cargo a su cuenta corriente sin montos mínimos o máximos.

El saldo de la Cuenta Dos puede ser retirado en su totalidad y destinarse a los fines que estime convenientes.

Tiene disponibilidad inmediata y se pueden realizar 6 giros por año.

Puede optar por suscribir su Cuenta Dos al régimen 57 BIS y con esto obtener beneficios tributarios asociados a la diferencia entre depósitos y retiros o bien disfrutar de los beneficios del régimen general.

Puede realizar tanto depósitos como retiros por medio de Internet.

Comisiones

La mejor relación precio/calidad: la comisión por administración de la cuenta de ahorro voluntario es 0,89% anual (desde 1 de diciembre de 2008). Esta comisión corresponde a la mantención anual de saldos administrados. Operativamente los cargos se realizan en forma mensual.

  Actual
Apertura$ 0
Mantención$ 0
Giro$ 0
Cambio de Fondo$ 0
Administración0,89

Cambio de Fondos

Para realizar Cambio de Fondo debe seguir los siguientes pasos:

  1. Ingrese al sitio privado de nuestro sitio web con su RUT y Clave AFP. Si no tiene esta clave puede solicitarla a través de:
    • El link Obtener Clave haciendo clic aquí. Por su seguridad deberá ingresar su RUT y completar el mail registrado en nuestro sistema, si este coincide su clave será despachada a su correo electrónico.
    • Comunicándose con nuestro Call Center al 600 6600 900.
    • Cualquiera de nuestras sucursales, donde su entrega es inmediata.
  2. Haga clic en Cambio Distribución de Fondo, opción Cambio Fondo Saldos que se encuentra en el menú izquierdo de la página.

Importante: para realizar el cambio de fondo necesita tener en su poder la Clave de Seguridad, solo con esta clave podrá hacer efectiva su decisión de inversión. Si no tiene la Clave de Seguridad puede solicitarla en:

  • Su Sitio Privado, opción Claves, Solicitud de Clave de Seguridad
  • Cualquiera de nuestras sucursales.

Abrir cuenta

Esta cuenta está asociada a la AFP en que se encuentra su Ahorro Obligatorio. Si se encuentra afiliado a AFP Capital tiene las siguientes opciones para suscribir su Cuenta Dos:

  • Solicitar la visita de un ejecutivo haciendo clic aquí
  • Ir a una de nuestras sucursales y suscribir su ahorro voluntario (Cuenta Dos) completando el formulario de Autorización de Descuento de la Cuenta de Ahorro Voluntario.
  • Acercarse a nuestras entidades recaudadoras y realice un depósito directo de Cuenta Dos que permitirá la creación de su cuenta.

Beneficios Tributarios

Usted tiene dos opciones de tributación, las cuales dependerán del objetivo de su ahorro y del plazo de su inversión.

Los afiliados deben pagar impuestos por la rentabilidad de sus inversiones, al momento de retirar total o parcialmente el capital, es decir, al liquidar su inversión. Por lo tanto, en la medida que una persona no liquide sus inversiones, no debe pagar impuestos por dicho concepto, aunque durante el año sus inversiones hayan tenido una excelente rentabilidad.

  1. Régimen General:

    Tiene como objetivo determinar la rentabilidad real, positiva o negativa, obtenida por el afiliado en el año calendario.

    Para ello, a los retiros de las cuentas de ahorro voluntario se les aplica un factor que pondera la ganancia p perdida en relación el saldo existente en la cuenta a la fecha de la operación y que permite obtener la fracción del retiro correspondiente a la ganancia afecta a impuesto o la perdida a deducir de su base imponible anual. Este valor se actualiza al final del ejercicio en base a la variación experimentada por el IPC.

    La AFP informa al afiliado mediante el envío de un certificado a su domicilio, para lo cual tendrá plazo hasta el último día del mes de febrero de cada año tributario.

  2. Régimen Opcional (57 BIS):

    Mecanismo que incentiva el ahorro a través de la mantención de las inversiones en el tiempo.

    Beneficia a las personas naturales afectas al Impuesto Unico de 2 ° Categoría (trabajadores y profesionales dependientes) y también a aquellas afectas al Impuesto Global Complementario (aquellos que perciben ingresos por honorarios, intereses y otros).

    Los valores depositados en este instrumento tendrán derecho a un crédito o debito (según corresponda) imputable al Impuesto Global Complementario o al Impuesto Único a las rentas del trabajo, según corresponda, o si procede, según lo establecido en la letra A del artículo 57 BIS de la Ley de la Renta.

    Para optar por este Régimen Tributario, los afiliados deben suscribir el formulario Cuenta de Ahorro Voluntario acogida a la letra A del artículo 57 BIS de la Ley de la Renta en la Administradora.

    Esta opción regirá a contar de la fecha de pago del primer depósito simultáneo o posterior a ello. Por lo tanto quedaran afectos al régimen 57 BIS todos los depósitos efectuados a contar de dicha fecha y los retiros asociados a estos fondos.