Principal normativa Seguro de Cesantía AFC

  • Ley 19.728
  • Oficio N° 46. MAT.: Precisa alcance de la expresión reinicien actividades laborales, establecida en el inciso primero del artículo 2 de la Ley N° 19.728.
  • Oficio N° 9. MAT.: Aplicación de las normas de la Ley N° 19.728 en el caso de modificación de la estructura de una empresa por transferencia de activos y trabajadores a una de sus filiales.
  • Oficio N° 12. MAT.: Incumplimiento de requisitos para tener por materializada la afiliación al Seguro de Cesantía regido por la Ley Nº 19.728, respecto de persona que consulta.Aplicación de las normas de la Ley N° 19.728 en el caso de modificación de la estructura de una empresa por transferencia de activos y trabajadores a una de sus filiales.
  • Oficio N°18749. MAT.: Aplicación de la Ley N° 19.728 a los técnicos extranjeros afectos a la Ley N° 18.156.
  • Oficios N° FIS-14-S. MAT.: Informa sobre porcentaje a imputar de aportes de la indemnización por años de servicio a que tiene derecho el trabajador en el caso de contratos que se inician como contrato a plazo fijo y terminan como contratos indefinidos.
  • Oficios N° FIS-58-S. MAT.: Obligación del empleador de pagar cotizaciones para el Seguro de Desempleo durante el período de licencia médica, en el caso de los trabajadores sujetos a contratos por obra o servicio o a plazo, no puede extenderse más allá del vencimiento del plazo convenido o el término de la obra o servicio.

Modificación de Normativa principal